Principios éticos básicos de la investigación humana.

La expresión «principios éticos básicos» se refiere a aquellos juicios generales que sirven como justificación para prescripciones y evaluaciones éticas particulares de las acciones humanas.

Tres principios básicos, entre los generalmente aceptados en nuestra tradición cultural, son particularmente relevantes para la ética de la investigación con seres humanos: los principios de respeto a las personas, beneficencia y justicia. Estos se basan en el Informe Belmont.

  1. Respeto a las Personas. — El respeto a las personas incorpora al menos dos convicciones éticas: primero, que los individuos deben ser tratados como agentes autónomos, y segundo, que las personas con autonomía disminuida tienen derecho a la protección. El principio del respeto a las personas se divide así en dos requisitos morales separados: el requisito de reconocer la autonomía y el requisito de proteger a aquellos con autonomía disminuida.

En la mayoría de los casos de investigación con sujetos humanos, el respeto por las personas exige que los sujetos participen en la investigación voluntariamente y con la información adecuada.

Investigación biomédica en humanos.

Respetar la autonomía es dar peso a las opiniones y elecciones meditadas de las personas autónomas y abstenerse de obstruir sus acciones a menos que sean claramente perjudiciales para los demás. El respeto por los inmaduros y los incapacitados puede requerir protegerlos a medida que maduran o mientras están incapacitados.

Algunas personas necesitan una amplia protección. El alcance de la protección otorgada debe depender del riesgo de daño y la probabilidad de beneficio. El juicio de que cualquier individuo carece de autonomía debe reevaluarse periódicamente y variará en diferentes situaciones.

  1. Beneficencia. — Las personas son tratadas de manera ética no solo respetando sus decisiones y protegiéndolas de daños, sino también haciendo esfuerzos para asegurar su bienestar. Tal trato cae bajo el principio de beneficencia. Se han formulado dos reglas generales como expresiones complementarias de las acciones benéficas en este sentido: (1) no dañar y (2) maximizar los posibles beneficios y minimizar los posibles daños. Como en todos los casos difíciles, los diferentes reclamos cubiertos por el principio de beneficencia pueden entrar en conflicto y obligar a tomar decisiones difíciles.
  2. Justicia. — ¿Quién debería recibir los beneficios de la investigación y soportar sus cargas? Esta es una cuestión de justicia, en el sentido de “equidad en la distribución” o “lo que se merece”. Se produce una injusticia cuando se niega sin causa justificada algún beneficio al que tiene derecho una persona o cuando se impone indebidamente alguna carga. Otra forma de concebir el principio de justicia es que los iguales deben ser tratados por igual.